Informe global revela que 34 Estados han prohibido castigos corporales a niñas y niños en 2013
Entre los avances identificados en América Latina y el Caribe, se destaca la prohibición de esa práctica por Honduras
17 de enero de 2014
El año pasado, 34 Estados del mundo han prohibido el castigo corporal a niñas y niños en los seis ámbitos considerados por el estudio: la escuela, el hogar, centros de cuidado y atención alternativos, guarderías, instituciones penales y sentencias criminales. El último a tomar esta medida ha sido Honduras, el cuarto país de América Latina y el Caribe a determinar esa prohibición en todos los contextos (los tres anteriores fueron Uruguay, Venezuela y Costa Rica). Estos son algunos de los datos que se presentan en el informe "Ending legalised violence against children" ["Poniendo fin a la violencia legal contra niñas y niños", en traducción libre - descárguelo aquí, en inglés], realizado en el 2013 por la Iniciativa Global para el fin de todo Castigo Corporal contra Niñas y Niños, con el objetivo de evaluar el progreso en diversos países del mundo respecto a este tema, dándole seguimiento al Estudio de las Naciones Unidas sobre la Violencia contra Niñas y Niños.
Por otro lado, el informe señala que 114 Estados no tienen cualquier compromiso claro con la reforma de sus leyes. Asimismo, alerta para el hecho de que en 39 Estados los tribunales nacionales pueden incluso dictar penas de castigo corporal a niñas y niños, siendo 8 de ellos integrantes de América Latina y el Caribe: Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Bolivia, Colombia, Ecuador, Guyana, Trinidad y Tobago.
El progreso y los retrasos en la consecución de la prohibición del castigo corporal a niñas y niños se ilustran gráficamente en el informe, que además hace un mapeo de los esfuerzos realizados por las/os defensoras/es de los derechos de las/os niñas/os en la incidencia por reformas legislativas en los ámbitos nacional y regional.
De acuerdo al documento, la prohibición legal del castigo corporal contra niñas y niños es un elemento esencial para el cumplimiento de los derechos humanos y la defensa del derecho a la educación, así como un requisito para que niñas y niños tengan acceso a la justicia. Además, el informe dice que “así como la violación directa al derecho de niñas y niños a que se respete su dignidad humana e integridad psíquica, la legalidad y la práctica de castigos corporales en escuelas también viola el derecho a la educación de niñas y niños a recibir una educación alineada con los principios de derechos humanos, la cual jamás podrá realizarse en una escuela donde se experimente un castigo violento”.
La CLADE también le ha dado seguimiento al estado de la prohibición del castigo corporal de niñas y niños en los países de la región de América Latina y el Caribe. En agosto de 2013, lanzó la Consulta sobre Educación para la Paz, Convivencia Democrática y Derechos Humanos [disponible aquí], con el propósito de conocer en qué medida los principios de Educación en Derechos Humanos (EDH) están incidiendo en los marcos legales y las políticas educativas en la región de América Latina y el Caribe. Uno de los elementos evaluados por el estudio fue el grado de permisividad al castigo corporal de niñas y niños como medida correccional en diversos contextos, de acuerdo a las legislaciones de los países de la región.